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CLUB DE TENIS CARLET

El Club de Tenis de Carlet te brinda la posibilidad de combinar la práctica del deporte con unas instalaciones de vanguardia en plena naturaleza y a 3 Km de la ciudad de Carlet. Cuenta con infraestructuras para el ocio, como un restaurante, zonas ajardinadas y áreas de lectura y descanso.

Por otro lado, el club pone a disposición de los socios espacios para la celebración de eventos sociales, ya que dispone de instalaciones preparadas para acoger a un gran número de personas en celebraciones de cualquier índole y, sobre todo, para las familias. El Club de Tenis Carlet, cuenta también con un cómodo y accesible aparcamiento con vídeo vigilancia.

Como resultado del esfuerzo y del empeño de todos los que formamos parte del Club de Tenis de Carlet, estamos continuamente renovando y mejorando nuestras instalaciones para el disfrute de nuestras generaciones venideras.

Requisitos para poder acceder al club:

  • Poseer una acción de la sociedad Club de Tenis de Carlet

  • Abonar las cuotas de socio trimestralmente (100€/trimestre).

Cómo comprar acciones del Club de Tenis Carlet:

  1. Contactar con los interesados en la venta de acciones (teléfonos publicados en el tablón de anuncios del Club de Tenis)
  2. El precio de compraventa de la acción es de 1000€, mas gastos de gestión(46,50€).
  3. Informar al Departamento de Administración del acuerdo alcanzado.
  4. Firma del acuerdo de compraventa y pago de los gastos en el Departamento de Administración.
  5. La sociedad tendrá derecho de tanteo durante un plazo de 15 días para adquirir dichas acciones en los términos comunicados por el transmitente.
  6. En caso de que la sociedad no ejercite su derecho de tanteo sobre las acciones, se procederá a la publicación en el tablón de Anuncios del Club de Tenis la oferta de venta de la acción, para que los socios puedan ejercitar su derecho de adquisición preferente por un plazo de 15 días desde la fecha de publicación.
  7. Transcurrido el plazo de 15 días sin que ningún accionista ejercite su derecho de adquisición preferente, el transmitente podrá transmitir la acción al comprador en los términos pactados.
  8. Ultimados todos los trámites, el transmitente está obligado a comunicar a la sociedad dentro de un plazo de 1 mes como máximo la transmisión de la acción mediante la aportación a la sociedad del contrato privado o escritura pública.